Autónomo


  • Su regulación viene reflejada en el Código de Comercio en materia mercantil y en el Código civil en materia de derechos y obligaciones.
  • El propietario controla y dirige toda la gestión de la empresa.
  • La personalidad jurídica recae sobre el titular que responde personalmente a todas las deudas que contraiga la empresa. (Responsabilidad ilimitada)
  • No existe diferenciación entre el patrimonio mercantil y su patrimonio civil.
  • No precisa proceso previo de constitución. Los trámites se inician al comienzo de la actividad empresarial.
  • No hay limite mínimo en la aportación al capital de la empresa.

Pasos para constituirte como autónomo
  1. Alta censal en la Agencia Tributaria (IAE)
  2. Alta en la Seguridad Social (RETA)
  3. Trámites en tu ayuntamiento
  4. Trámites en tu Organismo Autonómico
  5. Trámites ante la inspección de trabajo

Ventajas
  • Es la forma empresarial idónea para empresas de reducido tamaño
  • Es la forma que menos gestiones y trámites requiere para su constitución
  • Puede resultar más económico, dado que no crea persona jurídica distinta del propio empresario.

Inconvenientes             

  • El empresario responde personalmente con todo su patrimonio ante las deudas que pueda generar la empresa
  • Si el Beneficio es alto puede estar sometidos a tipos impositivos elevados IRPF






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